EXISTE DERECHO DE REEMBOLSO DEL CÓNYUGE QUE USÓ DINERO PRIVATIVO PARA ADQUIRIR UN BIEN GANANCIAL: ESTUDIO DE LA SENTENCIA DEL PLENO DEL TRIBUNAL SUPREMO DE 24 DE MAYO DE 2019.
Es una de las cuestiones más controvertidas a la hora de liquidar el patrimonio conyugal: bienes que son adquiridos a título oneroso, vigente la sociedad conyugal, con dinero privativo.