¿Han sido discriminados los hombres doblemente con derecho al complemento de maternidad?

Antes de introducirnos en el objeto de este artículo de blog, hagamos un pequeño resumen de la evolución de dicho complemento a modo de introducción.

El plus en cuestión trata del complemento de maternidad en las pensiones, en vigor desde 2016 a febrero de 2021, que reconocía un plus en la cuantía inicial de las pensiones para las mujeres que hubieran tenido dos o más hijos, ya fueran biológicos o adoptados: el complemento alcanzaba un 5% en el caso de tener dos hijos, un 10% cuando se tenían tres hijos, y un 15% con cuatro o más hijos. Leer más

No existe cobertura de defensa jurídica para demandar a la propia aseguradora

No es extraño que, tras un siniestro, un asegurado pueda reclamar a su propia aseguradora por coberturas que entienda incluidas y esta rechaza, o porque la oferta realizada por la compañía resulte a su juicio insuficiente, debiendo en tal caso resolverse el conflicto un tribunal. En tal caso, el asegurado debe valerse de los servicios de un abogado que, lógicamente, ha de ser distinto del de la aseguradora. Leer más

La Audiencia Provincial de Jaén condena a diez personas por delitos de estafa y maltrato animal (Sentencia 346/23, de 11 de diciembre de 2023, Sección Tercera)

El procedimiento fue iniciado de forma activa por este despacho profesional, tras recibir un cliente diversas demandas durante los años 2013 y 2014 en las que existían similitudes en modus operandi y participación.

Finalmente, la Audiencia Provincial de Jaén, tras casi diez años de procedimiento, ha condenado a diez acusados de simular la muerte accidental de caballos para estafar a aseguradoras, como autores de delitos de estafa, maltrato animal y falsedad en documento oficial. Leer más

Análisis del artículo 40.2 de la LRCSCVM. ¿Es incompatible la actualización del baremo con el devengo de intereses del artículo 20 de la Ley de Contrato de Seguro?

Recordemos la redacción de este precepto tan controvertido:

Artículo 40. Momento de determinación de la cuantía de las partidas resarcitorias.

  1. La cuantía de las partidas resarcitorias será la correspondiente a los importes del sistema de valoración vigente a la fecha del accidente, con la actualización correspondiente al año en que se determine el importe por acuerdo extrajudicial o por resolución judicial.
  2. En cualquier caso, no procederá esta actualización a partir del momento en que se inicie el devengo de cualesquiera intereses moratorios.

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